Por: Álvaro Enrique Parada Villamizar


El presente artículo, respalda las denuncias interpuestas en la “FIASCALIA BARBOSA 2023” con toda la documentación probatoria y los enlaces pertinentes, que corroborarán el prontuario político en el poder sobre la ciudad mitrada del burgomaestre actual del Noble Pueblo Blasón de Historia, donde se afianza su enquistado abuso de autoridad desde hace dos décadas y media en la ciudad estudiantil, ha dejado corrupción, mala gobernanza y vínculos dudosos de crímenes de lesa humanidad del paramilitarismo en proceso ante la JEP, aunque para algunos ciudadanos, ha sido y es el mejor alcalde de los últimos tiempos…
Para conocer su historia, evocamos brevemente parte de ella… El referente señor de nombre Klaus Faber Mogollón, de descendencia colombo alemana, quien fue electo alcalde de Pamplona para el período 2000-2003, siendo apadrinado por su tío político el también electo en ese período como Gobernador de Norte de Santander Juan Alcides Santaella, quienes en una magnífica administración dejaron obras de gran reconocimiento, con un excelente mandato que lo dejó catapultado en la vida pública local para ese entonces, salvo inconvenientes jurídicos en 2003 que lo apartaron meses antes de dejar su cargo y es nominado en provisionalidad el señor RONALD MAURICIO CONTRERAS, quien fue alcalde electo posteriormente en el período 2016-2019, destituido, sancionado y posteriormente absuelto por la celebración indebida de contratos en recursos para víctimas de la violencia, que es otro cuento y con otro personaje… Demostrándose la injusticia para los de corbata.
https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-1023412
Posteriormente en su vida política el señor FABER es electo nuevamente alcalde para el período 2008-2011, donde continua su forma particular de gobernar, omitiendo la legislación y la administración pública, aunando en su prontuario, el autorizar la licencia de construcción urbanística para el proyecto de vivienda de interés social “Valle del Espíritu Santo”, en una zona catalogada de amenaza por deslizamiento a remoción en masa según el Plan Básico de Ordenamiento Territorial ley 287/97 que él mismo promulgó en su período de gobierno entre 2000-2003, que le cuesta al municipio en primera instancia 4 mil millones de indemnización y que en segunda instancia apeló el municipio y disminuyó sin tener cifras claras al día de hoy y que aún no pagan a los damnificados, todo lo anterior porque en su mandato se OMITIÓ con la excusa nuevamente de NO perder la gestión de recursos del Gobierno Nacional y EXCLUIR los soportes técnicos de la carta de navegación del Municipio en cuanto a zonas de riesgo que más adelante colapsaría en la ola invernal de 2010, como consta en el fallo del Tribunal Administrativo de Norte de Santander en fecha de mayo 14 de 2015, y que a pesar de todas estas anotaciones, hoy nuevamente rige los destinos de mi pueblo natal sin darle vergüenza.
Enlace al fallo del Tribunal Administrativo Norte de Santander
Finalizando su mandato en 2008, nuevamente se sacude el palacio de gobierno municipal por la emisión de una orden de captura de la fiscalía contra el burgomaestre FABER MOGOLLON por concierto para delinquir agravado por presunta colaboración con el paramilitarismo, huyendo durante dos años para Venezuela a pesar de ser hijo de una honorable Juez de la República hoy jubilada de esta rama del poder público en Colombia, con el pretexto de no tener garantías procesales y en una respuesta que usa para justificarse, es que existe una contra acusación posterior de extorsión hacia él por el funcionario de la fiscalía, pero con el sin sabor de continuar el curso de las investigaciones en la JEP del asesinato por paramilitares entre 2000-2003 de unos jóvenes en la mal denominada limpieza social y el asesinato de un oficial de la policía también por este grupo al margen de la ley en su jurisdicción y con el señalamiento de ciertos cabecillas de la AUC de operar con su consentimiento, como sucedió con muchos otros alcaldes de esa época oscura… No obstante, un juzgado especializado de Cúcuta decidió liberar de toda responsabilidad al exalcalde y en consecuencia levantó la orden de captura en su contra. El exgobernante, ‘de quien se desconocía su paradero» y huyó de la Justicia, había sido señalado de ser un activo colaborador de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), que operaban en la ‘Ciudad Mitrada’, a cambio de que se garantizara la seguridad de esta localidad. Sin embargo, al revisar las diferentes declaraciones entregadas por los desmovilizados que acusaban a Faber Mogollón, entre ellas las de Néstor Javier Álvarez Díaz, ‘Yeison’, Albeiro Valderrama Machado, ‘Piedras Blancas’ y Jimmy Viloria, ‘Jairo sicario’, el juez encontró que existen claras inconsistencias y contradicciones, acerca de la participación y consentimiento del exgobernante con actos ilegales, que generan una duda razonable frente a su responsabilidad. “Habrá de aplicarse el in dubio pro reo (en la duda, hay que estar en favor del acusado), absolviendo la duda en su favor”, sustentó el juez penal especializado Pedro Fernando Ballesteros Peñaranda. Ante estos argumentos, el juez consideró que tal y como reza el artículo 232 de la Ley 600 de 2000, “no se podrá dictar sentencia condenatoria sin que obre en el proceso prueba que conduzca a la certeza de la conducta punible y de la responsabilidad del procesado”. Contra este fallo procede el recurso de apelación, la cual NO prosperó. En mi opinión personal no comparto y debato ante esa polarización de una sociedad de doble moral y enferma, a la obsesión del ajusticiamiento de vidas por mano propia, el porte de armas y la justificación de grupos de autodefensas para generan seguridad social por grupos criminales pagados con cuotas extorsivas en un acto de complicidad “placentero”, que sólo la Justicia Divina podrá limpiar de sus consciencias y que el pueblo no olvida…
Luego de la inhabilidad levantada y regresando a la patria chica, el señor Faber se vincula con un prominente empresario del que muchos oyen pero nadie habla, apodado “El Veneco” e inicia de nuevo su proselitismo político montando en la alcaldía al profesor Humberto Piscciotti quien surge electo para el período 2020-2023 y como no es desconocido en las esquinas de “Pamplonilla La Loca”, se observó durante esa administración, quién era el que daba las órdenes y quien era el que simplemente firmaba…
Es así como el suscrito, presenta una denuncia contra el entonces burgomaestre Piscciotti y el gerente de la empresa de servicios públicos EMPOPAMPLONA SA ESP señor FABER MOGOLLÖN, por inconsistencias en su nombramiento al cargo, que afectan la administración pública al ejercer entre 2020-2022 el manejo de recursos públicos a saber: 1) El mencionado ex gerente dice poseer tres títulos universitarios, dos de los cuales aparentemente simultáneos en la UniSalle «supuestamente» presenciales a finales de 2006, como argumenta en función pública su hoja de vida como “administrador de empresas agropecuarias”, que al corroborar su tesis en la institución universitaria dice para optar como “administrador de agronegocios”, dos programas ofertados por la institución educativa de referencia… Al descargar su tesis, en su primera hoja anuncia un estudio de café en Toledo de su «supuesta autoría» y las restantes ciento y pico de páginas trata del lulo en Dosquebradas por un sobrino suyo de apellidos Meyer Faber…
Enlace a la UniSalle que hoy está restringido su acceso por derecho de autor (jajaja)
https://ciencia.lasalle.edu.co/administracion_agronegocios/65/
Todo lo anterior, denunciado en la “FIASCALÍA BARBOSA 2021-2022”, por los delitos de FRAUDE PROCESAL PLAGIO, FALSEDAD EN DOCUMENTO PÚBLICO y CELEBRACIÓN INDEBIDA DE CONTRATOS, entre otros delitos más, para reunir requisitos de acuerdo a los estatutos de EMPOPAMPLONA y poder gerenciarla, lo cual realizó sin tarjeta profesional que expide el consejo profesional de administración y que durante 18 meses ejerció, luego de que presuntamente la obtiene ante los requerimientos exigidos después del escándalo, en omisión a la Constitución Política señalado en el artículo 122 POSESION DE UN EMPLEO PUBLICO y el de requisitos del empleo en el Decreto 1083 de 2015. 2) En dicha administración legalmente «irregular», se gestionaron cuantiosos recursos, lo cual se le abona en su poder burócrata y clientelista ante los Ministerios, con alrededor de 12 mil millones más o menos entre estudios de factibilidad y construcción para ampliación de celda y aumento de la vida útil, tratamiento de lixiviados y compra de bulldozer para el relleno sanitario regional «La Cortada», el cual se recibía en condiciones lamentables como bien anunciaba la Procuraduría y la autoridad ambiental CORPONOR a su antecesor el exalcalde RONALD CONTRERAS… Y que lamentablemente hoy aún existe al evidenciar los mismos problemas de contaminación por manejo inadecuado de lixiviados y un inminente colapso de su frustrado aumento de capacidad proyectada, cayendo en detrimento patrimonial su cuestionable administración que involucra responsabilidad en el manejo de recursos públicos…
3) El problema del deterioro de las calles en Pamplona se debe a la imposibilidad de realizar pavimentaciones eficientes con estructura de subbase, base y pavimentación total en asfalto o concreto, debido a la redes obsoletas de servicios públicos de acueducto y alcantarillados (aguas residuales y pluviales) por tiempo o vida útil, materiales (ductos en gres, galvanizado, cobre y concreto o canales antiguos coloniales) y por diámetros deficientes no tenidos en cuenta en la expansión urbana cuya responsabilidad de cumplir con el RAS Reglamento de Agua Potable y Saneamiento, PBOT Plan Básico de Ordenamiento Territorial y Ley 142 que reglamenta los Servicios Públicos en la reposición o reemplazo, ampliación y/o expansión urbana que RECAE EN LAS ADMINISTRACIONES MUNICIPALES (Planeación Urbana) Y LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS EMPOPAMPLONA SA ESP cuyos accionistas son el Municipio de Pamplona con alrededor del 92% y otros el 8%, como economía mixta que percibe recursos presupuestales del erario público y por ende su eficiente manejo depende de sus administraciones e inversiones proyectadas que hoy le impiden intervenir, sólo con bacheos, que los realizan mediocremente sin cumplir especificaciones INVIAS y realizando convenios sin garantía de calidad al ser «arte y parte», timando la Ley 80 de Contratación Pública y el SECOP como se volvió costumbre, lo que por no caer en detrimento patrimonial, hemos tenido que soportar los pamploneses ante DEFICIENTES FUNCIONARIOS durante la pasada administración en cabeza del exalcalde Piscciotti y el exgerente de EMPOPAMPLONA el señor FABER MOGOLLÓN (adjuntamos convenios interadministrativos). 4) Evocando los recursos internacionales de hermandad con Pamplona España años 2000-2003 que se gestaron como inversiones para el Plan Maestro de Alcantarillado fase colector principal por la administración FABER MOGOLLÖN, ejecutados entre 2004-2007 por la administración BASTOS FERNANDEZ, estos convenios de cooperación internacional fueron suspendidos al NO presentarse informes requeridos para sustentar la inversión y poder proseguir con las ayudas como requisito de transparencia, hoy la expansión urbana desmedida y sin planificar vierte efluentes en algunos sitios de la ciudad mitrada, el elefante blanco de la descontaminación del río Pamplonita es un mito al ser imposible controlar el volumen de aguas residuales que alimenta el alcantarillado municipal, con descargas pluviales y canales subterráneos coloniales de aguas de escorrentía superficial que en época invernal se dispara considerablemente… Lamentables sucesos de corrupción en mi amada Pamplona que hoy brillan por la ausencia de Justicia terrenal.
ANOMALIAS CONTRACTUALES 2003














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https://ciencia.lasalle.edu.co/administracion_agronegocios/65/
DOCUMENTOS Y ANEXOS COMPLEMENTARIOS DE LA INVESTIGACIÓN
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