PERSPECTIVAS Y DETALLES DE LA REFORMA PENSIONAL EN COLOMBIA

Por: John Jairo Gelvis

La reciente aprobación de la reforma pensional, con sus 94 artículos, el 23 de abril de este año ha generado un intenso debate en Colombia. En particular, el artículo 93 ha sido objeto de controversia, con 47 votos a favor y 6 en contra. Esta reforma, cuya implementación gradual comenzará el 1 de julio de 2025, planteó diversas propuestas sobre su entrada en vigor, siendo rechazadas las fechas posteriores propuestas por algunos sectores. Uno de los puntos clave de la reforma es el establecimiento de requisitos diferenciados para mujeres (750 semanas cotizadas o más) y hombres (900 semanas cotizadas o más), manteniendo el sistema actual para aquellos que ya han alcanzado estos requisitos. Según el abogado laboral Camilo Cuervo, el traslado de fondos de privados a públicos será automático para quienes ganen menos del umbral, una medida que ha generado discusión sobre su viabilidad y constitucionalidad, dado el cambio en la administración de los fondos hacia el Banco de la República. Una crítica importante de la reforma es la pérdida de subsidios para aquellos que ganen más de 2.3 salarios mínimos, lo cual ha sido objeto de cuestionamiento por parte de los sindicatos, quienes argumentan que esto resta atractivo a Colpensiones.

A pesar de la aprobación inicial, la reforma aún debe superar dos debates en la cámara de representantes antes del 20 de junio, tras 18 meses de discusión entre los partidos tradicionales, alternativos y del pacto histórico. Según la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, el objetivo de la reforma es mejorar la cobertura, equidad e inclusión social en el sistema de protección a la vejez. El gobierno ha proyectado un aumento significativo en la cobertura de adultos mayores con ingresos dignos, pasando del 24% al 53% y alcanzando un 87% para el año 2052. Además, se espera un incremento en los beneficios para personas vulnerables que no logran una pensión, como los beneficiarios del programa Colombia Mayor, que verían un aumento en sus ingresos mensuales. Se prevé también la devolución del dinero a aquellos que no alcancen a cumplir las semanas de cotización necesarias para pensionarse. Se espera que este nuevo modelo de pensiones pueda mejorar la calidad de vida de los colombianos, garantizando pensiones justas que se ajusten a la inflación y contribuyan al desarrollo futuro del país.

Según el ex senador  Jorge Enrique Robledo dice que la reforma pensional es contra a los trabajadores jóvenes y los de clase media, que golpea a los que tienen menos de 40 años y menos de 45 años, dice que puede golpear a los que ganen menos de 2,3 salarios mínimos alrededor de 3.000.000 millones de pesos, puede golpear a los que asciendan en las empresas o tenga más de un empleo o trabajadores por cuenta propia porque los empobrece al reducirle los derechos legales que hoy tienen, que además seria muy dañina en la rama judicial y en las universidades y en la salud, los profesionales, los técnicos y los trabajadores por cuenta propia y que los padres piensen en la suerte de sus hijos, esta reforma de Petro es la misma que los anteriores presidentes no pudieron imponer, por la oposición de los trabajadores y de todos los jefes sindicales, pero hoy Petro, los jefes Petristas y varios partidos tradicionales que son los mismos con las mismas están por golpear a los trabajadores colombianos, el ex senador Robledo pide es la unidad nacional contra la reforma pensional de Petro.

Además, el representante del centro democrático Oscar Darío Pérez denuncia que hay un “Mico” en la reforma pensional porque las pensiones desde $3.260.000 pagarían impuestos, pues advirtió un cambio en el artículo 84 del proyecto que pondría a pagar renta, según explico las pensiones de 1.000 Unidad Valor Tributario (UVT) que hoy gozan de renta exenta, pero el articulo borra la palabra “mensual” con eso se calcularía el calculo anual. Esto quiere decir que las personas pensionadas que perciban ese dinero estarán gravadas solo en la parte si excede los 1000 UVT. Esto mismo lo advierte Sandro Junco ex director de la Dian que están metiendo una reforma tributaria con la pensional que posiblemente los pensionados van a pagar renta, pues que les parece igual que el articulo 84 que lo sorprende es levantan una excepción que existe en el artículo 106  del estatuto tributario que dice que solo están grabadas con el impuesto que sea de 47.000.000 millones de pesos que básicamente no hay ninguna o son muy pocas, lo que hace estar reforma es quitar esa excepción que esta plasmada de forma mensual en el estatuto tributario, esto quiere decir que cualquier persona con una pensión de 47.000.000 de pesos al año va a pagar renta. Según los congresistas de pacto histórico dicen que esto ya venía desde la ley 100, pero el ex director de la Dian Junco dice que la norma que regula el tratamiento tributario de las pensiones es una norma que está en el mismo estatuto tributario, no en la ley 100, la norma es la 206 numeral 5 del estatuto tributario fue cambiada en esta época significa que no debe haber referencia de la ley 100, sino al estatuto tributario.

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Una respuesta a “PERSPECTIVAS Y DETALLES DE LA REFORMA PENSIONAL EN COLOMBIA”

  1. muy buen contenido

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